Ilustración conceptual de un perro y un gato estilizados frente a un edificio legislativo con columnas, junto a una balanza, un plato de comida, un tazón de agua y un maletín veterinario, alusiva a la Ley General de Bienestar AnimalImagen ilustrativa

Por Bruno Cortés

La primera ley nacional de protección animal en México está a un paso de completar su trámite en el Congreso, pero ese paso lleva más de un mes pendiente. El Senado aprobó el 29 de septiembre de 2026 la Ley General de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales y la envió a la Cámara de Diputados, donde la comisión encargada de dictaminarla no ha logrado sesionar. El coordinador de Morena en San Lázaro, Ricardo Monreal, anunció el 1 de noviembre que su bancada la respaldará y que la discusión se prevé para la tercera o cuarta semana de noviembre.

Esta guía explica de dónde viene la ley, qué obligaciones impone a quienes tienen animales, qué sanciones contempla, qué críticas ha recibido y qué falta para que entre en vigor. La información corresponde al 2 de noviembre de 2026; la minuta todavía puede cambiar en Diputados.

De dónde viene: la reforma constitucional de 2024

El origen está en la reforma a los artículos 3, 4 y 73 de la Constitución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre de 2024. Con ella se prohibió expresamente el maltrato animal, se estableció el deber del Estado de proteger a los animales, se incorporó el tema a los planes de estudio y se facultó al Congreso para expedir una ley general en la materia.

El régimen transitorio dio al Congreso 180 días naturales para expedir esa ley. El plazo venció a mediados de 2025 sin que se aprobara, por lo que organizaciones de protección animal han señalado que el Congreso está en omisión. Hasta ahora, la protección de los animales ha dependido sobre todo de leyes estatales, con criterios y sanciones muy distintos entre entidades.

Qué aprobó el Senado

El dictamen se aprobó con 115 votos a favor, uno en contra y ninguna abstención. Según El Universal, el único voto en contra fue del senador Adán Augusto López. La presidenta de la Comisión de Medio Ambiente del Senado, Maki Ortiz Domínguez, explicó que el texto recoge 21 iniciativas presentadas en esa cámara, más de 40 proyectos discutidos en Diputados y aportaciones de organizaciones, especialistas, veterinarios y refugios.

La ley tiene 125 artículos distribuidos en seis títulos. Sus ejes principales son:

  • Animales como seres sintientes. Es la primera norma de alcance nacional que los reconoce así y como sujetos de cuidado.
  • Materia concurrente. Fija estándares mínimos para todo el país y reparte competencias entre la Federación, los estados y los municipios. Las entidades con leyes más protectoras pueden conservarlas.
  • Criterio de mayor protección. El artículo 1 ordena a las autoridades favorecer la interpretación que otorgue la mayor protección posible a los animales. Organizaciones como Igualdad Animal lo llaman principio pro animal, aunque el texto no usa ese nombre.
  • Todos los animales. Incluye a los animales de compañía, de trabajo y a los criados para consumo humano.
  • Registros. Crea un Registro Nacional de Animales de Compañía y un padrón de personas infractoras.

Qué obligaciones tendrían quienes cuidan animales

La minuta establece que toda persona física o moral que tenga animales bajo su cuidado, posesión o tutela deberá:

  • Darles agua y alimento suficientes y adecuados a su especie, edad y condición.
  • Mantenerlos con atención veterinaria periódica, incluida vacunación y desparasitación.
  • Ofrecerles un alojamiento que permita libertad de movimiento.
  • Proporcionarles estímulos físicos, sociales y mentales.
  • Evitar que escapen o pongan en riesgo a personas, a otros animales o al ambiente.
  • Mantenerlos identificados con sistemas visibles o electrónicos que no causen dolor.
  • Responder por los daños que el animal cause a terceros.

Para muchas familias, el reto práctico será el acceso a servicios veterinarios. En la capital existen opciones públicas y de bajo costo, como las que reunimos en la guía de veterinarias gratis o a bajo costo en CDMX, y algunos municipios operan centros de atención, como el caso de la unidad móvil de bienestar animal en Toluca.

Qué se considera maltrato y qué sanciones habría

El texto define el maltrato como cualquier acción u omisión que cause daño, sufrimiento o afecte el bienestar físico, mental o conductual de un animal, aun sin intención, lo que incluye la negligencia. Entre las conductas prohibidas están el abandono, las peleas de perros, la zoofilia, dar muerte a animales sanos sin causa justificada, prolongar su agonía y las mutilaciones con fines estéticos sin justificación médica.

Sanción administrativaAlcance
AmonestaciónPor escrito
MultaDe 50 a 2,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA)
Arresto administrativoHasta 36 horas
DecomisoDe los animales relacionados con la infracción
ClausuraTemporal o definitiva de establecimientos
PermisosSuspensión o revocación de concesiones, licencias o autorizaciones
Fuente: dictamen aprobado por el Senado, según Igualdad Animal y Publimetro (29 y 30 de septiembre de 2026).

Además, quien maltrate a un animal deberá reparar el daño, lo que incluye atención médica, tratamientos y rehabilitación, con independencia de las responsabilidades penales. La inscripción en el padrón de infractores duraría de uno a cinco años e impediría recibir apoyos públicos relacionados con el cuidado animal.

Lo que no hace la ley

El dictamen no prohíbe de forma expresa las corridas de toros ni las peleas de gallos. Especialistas citados por Publimetro consideran, sin embargo, que el criterio de mayor protección y las definiciones amplias de sufrimiento y maltrato podrían influir en futuras discusiones sobre esos espectáculos. Por ahora, su regulación sigue en manos de estados y municipios.

Las críticas

En la discusión del Senado, la priista Carolina Viggiano advirtió que la ley obliga a registrar, esterilizar y vacunar, pero que las acciones de gobierno, como campañas gratuitas de esterilización y centros municipales, deberán cubrirse con el presupuesto ya autorizado y sujetas a disponibilidad. A su juicio, al ciudadano se le exige todo desde el primer día y al gobierno solo lo que le alcance. El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Manuel Huerta, reconoció que el reto será llevar la ley a la práctica mediante la armonización de leyes locales, normas técnicas y registros funcionales.

Por otro lado, observatorios ciudadanos de Jalisco, Puebla y Tlaxcala señalaron, según Infobae, que la versión enviada a Diputados retiró la enumeración de condiciones que definían el bienestar animal y un transitorio que ordenaba actualizar las atribuciones de las secretarías federales. Piden que esos puntos se revisen en San Lázaro.

Por qué está detenida en Diputados

La minuta fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados, presidida por Gabriela Benavides Cobos. La comisión no alcanzó quórum el 8 de octubre y volvió a fallar el 29 de octubre, cuando, según Igualdad Animal, se ausentaron 20 de sus 31 integrantes. Esa organización y otras acusan una estrategia para retrasar la votación.

El anuncio de Monreal cambia el panorama: con el respaldo de la mayoría, el dictamen podría votarse en comisión y en el Pleno en la segunda mitad de noviembre, después de que la Cámara termine con el Presupuesto de Egresos 2027, que se discutiría entre el 9 y el 11 de noviembre.

Qué sigue

  • Dictamen en comisión. La Comisión de Medio Ambiente debe aprobarlo con quórum.
  • Votación en el Pleno. Si Diputados lo aprueba sin cambios, pasa al Ejecutivo para su publicación. Si lo modifica, regresa al Senado.
  • Publicación y armonización. Una vez en vigor, los congresos locales tendrían que ajustar sus leyes y las autoridades crear los registros y normas técnicas.

La discusión se inserta en una conversación más amplia sobre la protección de la fauna, como la que abordamos en la nota sobre la crisis de la biodiversidad.

Preguntas frecuentes

¿La Ley General de Bienestar Animal ya está vigente?

No. Al 2 de noviembre de 2026 solo la aprobó el Senado. Falta la votación en la Cámara de Diputados y su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

¿Será obligatorio registrar a perros y gatos?

La ley crea un Registro Nacional de Animales de Compañía y obliga a mantener a los animales identificados. La forma de inscripción dependerá de las reglas que se emitan después.

¿De cuánto serían las multas por maltrato?

De 50 a 2,000 UMA, además de otras sanciones como arresto de hasta 36 horas, decomiso y clausura. El monto en pesos depende del valor de la UMA al momento de la sanción.

¿Prohíbe las corridas de toros?

No de manera expresa. Su regulación sigue a cargo de estados y municipios, aunque el criterio de mayor protección podría influir en debates futuros.

¿Cuándo la votarían los diputados?

Ricardo Monreal la ubicó en la tercera o cuarta semana de noviembre de 2026, una vez aprobado el Presupuesto 2027. La fecha depende de que la comisión dictamine antes.

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