Ilustración conceptual de un documento legislativo que viaja con flechas entre dos recintos parlamentarios, junto a una balanza, monedas y una calculadora, alusiva a la minuta de la reforma al ISR devuelta a la Cámara de DiputadosImagen ilustrativa

Por Bruno Cortés

El Paquete Económico 2027 quedó aprobado casi por completo, pero no del todo. El martes 27 de octubre el Senado avaló sin cambios la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) y la Ley Federal de Derechos, que fueron enviadas al Ejecutivo, y aprobó también la reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), aunque con una modificación. Por ese cambio, la reforma regresó a la Cámara de Diputados, que la recibió el miércoles 28 y prevé dictaminarla el 4 de noviembre.

La diferencia puede parecer técnica, pero define si las nuevas reglas para las grandes empresas entran en vigor como las aprobaron los diputados o con las excepciones que añadieron los senadores. Esta guía explica qué cambió, cómo funciona el mecanismo que limita deducciones y pérdidas fiscales, qué pueden hacer ahora los diputados y a quién afecta.

Qué aprobó el Senado

Tras una sesión de casi siete horas, el pleno del Senado votó los tres ordenamientos de ingresos que forman parte del Paquete Económico 2027. Según el registro de la sesión en el Sistema de Información Legislativa y la crónica de El Economista, los resultados fueron estos:

OrdenamientoVotación en el SenadoSituación al 29 de octubre
Ley de Ingresos de la Federación 202773 a favor, 33 en contra, 0 abstencionesAprobada sin cambios; remitida al Ejecutivo
Ley Federal de Derechos75 a favor, 34 en contraAprobada sin cambios; remitida al Ejecutivo
Reforma a la Ley del ISR74 a favor, 34 en contra (en lo general)Aprobada con una modificación; devuelta a Diputados
Fuentes: SIL de Gobernación y El Economista, 27 y 28 de octubre de 2026.

La LIF estima ingresos totales por 10 billones 636,488 millones de pesos para 2027, de los cuales 6 billones 263,886 millones provendrían de impuestos, el 58.9% del total. El ISR aportaría 3 billones 288,975 millones; el IVA, 1 billón 768,017 millones, y el IEPS, 828,256 millones. El paquete supone un crecimiento del PIB de entre 1.5% y 2.5% y un tipo de cambio promedio de 17.9 pesos por dólar. En la Cámara de Diputados, la LIF ya se había aprobado a mediados de octubre.

Durante el debate, la oposición cuestionó el nivel de endeudamiento y las previsiones económicas. La senadora del PAN Guadalupe Murguía sostuvo que el rango de crecimiento no corresponde a la situación de la economía; el senador de Morena Cuauhtémoc Ochoa respondió que la estimación de ingresos no depende solo del crecimiento, sino también de modernizar aduanas, combatir el contrabando y mejorar el cumplimiento. Ninguna de las reservas de PAN, PRI, MC y PVEM a la LIF fue incorporada.

El mecanismo que limita deducciones a grandes empresas

El corazón de la reforma al ISR es un nuevo capítulo de la ley, los artículos 78-A a 78-F, llamado “mecanismo de control de las deducciones autorizadas y de las pérdidas fiscales”. Se aplicaría a personas morales con ingresos acumulables superiores a 50 millones de pesos que obtengan utilidad fiscal. Así funciona, según la minuta descrita por la consultora EY y por el análisis del fiscalista José Antonio Pérez Ramos:

  • Límite a deducciones. Si las deducciones de una empresa son iguales o menores al 96.67% de sus ingresos acumulables, solo podrá aplicar el 99% de ellas. Si las rebasan, el máximo deducible será el 96.67% de sus ingresos.
  • Lo no deducido no se pierde. La parte que quede fuera se actualiza y puede aplicarse en los 20 ejercicios siguientes, con el mismo límite anual.
  • Pérdidas fiscales. Las pérdidas de años anteriores solo podrán restarse hasta por el 50% de la utilidad fiscal del ejercicio, cuando antes podían cubrirla por completo.
  • Pagos provisionales. Para 2027, el coeficiente de utilidad de estas empresas se multiplicaría por 1.0658 o por 2.6162, según su nivel de deducciones, lo que adelanta parte del impuesto durante el año.
  • Lo que no toca. El cálculo de la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) no se modifica por este capítulo.

El gobierno sostiene que el objetivo es frenar la erosión de la base gravable: empresas que reducen artificialmente el impuesto mediante deducciones y pérdidas, en ocasiones con facturas de empresas fantasma. Según reportó El Economista, el subsecretario de Ingresos de Hacienda, Carlos Lerma, afirmó que de 500 mil empresas que declararon ingresos el año pasado solo 40% pagó ISR, y que los nuevos controles podrían generar hasta 140 mil millones de pesos adicionales. Del lado crítico, EY advierte que la regla opera por porcentaje y no por deducción improcedente, por lo que puede diferir gastos legítimos en negocios de margen bajo, como manufactura o comercio de alto volumen.

La reforma también incluye cambios para contribuyentes pequeños, explicados en nuestra guía sobre el ISR para negocios: el tope para tributar en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) subiría de 3.5 a 5 millones de pesos anuales para personas físicas y de 35 a 50 millones para personas morales.

Qué cambió el Senado y por qué

La minuta aprobada por los diputados ya excluía del mecanismo a ciertos contribuyentes, en el artículo 78-E: coordinados de transporte, actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, maquiladoras (salvo por sus ventas en el país), empresas en quiebra, empresas con menos de cinco ejercicios en el RFC e instituciones de seguros, entre otros. El Senado amplió esa lista con dos sectores:

  • Armadoras de vehículos que importan insumos bajo el régimen de depósito fiscal para ensamblar y fabricar automóviles. La excepción no cubre los ingresos que obtengan por vender esas mercancías en México.
  • Gasolineras y distribuidores autorizados para el expendio, la distribución o la comercialización de gasolinas y diésel.

La reserva fue presentada por Emmanuel Reyes Carmona y suscrita por Ignacio Mier Velazco, presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado, ambos de Morena. Su argumento: las armadoras están sujetas a controles aduaneros parecidos a los de las maquiladoras, y en el caso de los combustibles, la estructura de costos es muy alta respecto de los ingresos, por lo que deducciones elevadas no implican necesariamente evasión. Reyes Carmona estimó que la excepción alcanzaría a más de 3,000 estaciones de servicio, incluidas pequeñas y medianas empresas familiares, y aseguró que “no elimina obligaciones fiscales, no reduce la fiscalización ni crea una exención del ISR”.

Qué pueden hacer ahora los diputados

El procedimiento está en el artículo 72, inciso E, de la Constitución. Cuando la cámara revisora modifica un proyecto, la cámara de origen solo puede discutir lo modificado, “sin poder alterarse en manera alguna los artículos aprobados”. En la práctica, los diputados no reabrirán toda la reforma: votarán únicamente las dos excepciones añadidas.

  • Si las aceptan por mayoría absoluta de los presentes, la reforma completa pasa al Ejecutivo para su publicación.
  • Si las rechazan, la minuta vuelve al Senado para que reconsidere. Si los senadores desechan entonces sus propios cambios, se publica lo aprobado por ambas cámaras.
  • Si el Senado insiste por mayoría absoluta, el proyecto no podría volver a presentarse hasta el siguiente periodo de sesiones, salvo que ambas cámaras acuerden expedir la ley solo con los artículos ya aprobados y reservar los modificados.

El 28 de octubre el pleno de San Lázaro recibió la minuta y la turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Su presidente, Carol Antonio Altamirano (Morena), dijo que no habrá trámite acelerado y que el dictamen se analizará el miércoles 4 de noviembre a las 9:00 horas, para respetar los cinco días que fija el Reglamento de la Cámara. Ante la pregunta de si se rebasa algún plazo legal, recordó que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria fija el 31 de octubre como fecha límite para que el Senado apruebe la Ley de Ingresos, y que ese plazo no aplica a la reforma al ISR, que es una ley distinta.

A quién afecta y por qué importa el calendario

Las nuevas reglas están pensadas para aplicarse desde el ejercicio fiscal 2027, que comienza el 1 de enero. Para la gran mayoría de las personas asalariadas, la reforma no cambia el cálculo del ISR que se les retiene; el impacto directo recae en empresas con ingresos superiores a 50 millones de pesos y, por la ampliación del RESICO, en pequeños contribuyentes que podrían cambiar de régimen. Para las empresas afectadas, el tiempo importa porque sus pagos provisionales de enero dependen de conocer el texto final.

Mientras tanto, la discusión fiscal se traslada al gasto: la Cámara de Diputados debe aprobar el Presupuesto de Egresos 2027 a más tardar el 15 de noviembre, como marca la Constitución, con los ingresos ya definidos por la LIF.

Preguntas frecuentes

¿Ya está aprobada la Ley de Ingresos 2027?

Sí. Diputados y Senado la aprobaron sin diferencias y el 27 de octubre fue remitida al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

¿Por qué la reforma al ISR regresó a la Cámara de Diputados?

Porque el Senado modificó el texto que le enviaron los diputados al agregar dos excepciones al límite de deducciones: armadoras con depósito fiscal y gasolineras. La Constitución obliga a que la cámara de origen revise esos cambios.

¿La reforma sube el ISR a las personas físicas?

No cambia las tasas. El mecanismo de control se dirige a personas morales con ingresos superiores a 50 millones de pesos. Para personas físicas, el cambio más visible es la ampliación del límite del RESICO a 5 millones de pesos anuales.

¿Cuándo votarán los diputados?

La Comisión de Hacienda prevé dictaminar el 4 de noviembre. Después el dictamen debe pasar al pleno, que votará solo las modificaciones del Senado.

¿Las empresas perderán sus deducciones?

No de forma definitiva, según el texto de la minuta: la parte no deducida puede aplicarse en los 20 ejercicios siguientes. El efecto principal es diferir el beneficio y pagar más impuesto en el corto plazo.

Por admin

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *